El Derecho informático puede
definirse, de acuerdo con Téllez como “una
rama de las ciencias jurídicas que considera a la Informática como instrumento
y objeto de estudio, de lo cual deriva la división de esta área del
Derecho en dos partes, la informática jurídica, que estudia la aplicación de la
TIC en el Derecho, como en el caso de la digitalización de leyes y
jurisprudencias, los apoyos en la enseñanza del Derecho, así como para su
investigación, y el Derecho de la Informática, que comprende el conjunto de
leyes, normas y principios aplicables a los hechos y actos derivados de la
Informática.
De esta forma se observa
como en la actualidad el Derecho Informático pretende abarcar todas las áreas
en que las tecnologías y la ciencia jurídica convergen, desde la aplicación de
las tecnologías para agilizar y facilitar el estudio y aplicación de la normas
jurídicas, como la regulación de la creación y uso de todo tipo de tecnología
de la información y la comunicación. Cabe destacar que si bien es cierto
actualmente es considerada por la doctrina como un área autónoma del derecho,
tiene injerencia en muchas de las otras áreas y éstas a su vez en ella.
En este sentido, se puede afirmar
que el Derecho Informático no puede estudiarse ni aplicarse de forma aislada,
es necesario contar con conocimientos jurídicos generales, toda vez que lo que
se intenta es tomar todas las normas jurídicas aplicables a los modelos
tradicionales, adaptándolas y adecuándolas al uso de la TIC, de tal forma que aun
cuando se cuenten con nociones de esta rama de derecho, no será factible su
óptima aplicación, sin conocimientos en el toda la ciencia jurídica en general.

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